Como ya hemos comentado en anteriores posts, el último Consejo de Ministros de 2019 dio su aprobación al Real Decreto-Ley que establece una prórroga para 2020 en cuanto a los límites cuantitativos de facturación por módulos en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Sin embargo, como comentábamos con anterioridad, esto no era lo previsto para este año, sino que la legislación dictaba que para este 2020 se establecerían reducciones en los umbrales, límites que si eran sobrepasados por los autónomos no podrían tributar por el método de estimación objetiva. No obstante, después de la aprobación del Real Decreto-Ley del que hablamos y que ya se ha publicado de manera oficial en el BOE y que, en consecuencia, se encuentra en vigor en estos momentos, se ha modificado esta situación y los límites de exclusión se mantienen invariables hasta que se produzca la nueva prórroga.
Esto quiere decir que, los trabajadores autónomos, es decir, aquellos que realicen actividades por cuenta propia no podrán tributar por el método de estimación objetiva cuando el conjunto de sus actividades supere los 250.000 euros o cuando la facturación a otros empresarios o profesionales supere los 125.000 euros.
Asimismo, los trabajadores por cuenta propia que adquieran bienes y servicios hasta 250.000 euros podrán seguir tributando por el sistema de módulos, omitiendo las previsiones de que este límite se redujera a 150.000 euros durante este 2020.
En este sentido, el Gobierno alega que si no se hubiese aprobado esta normativa, los límites establecidos hasta ahora se hubieran reducido a 150.000 euros y 75.000 euros, correspondientemente.
Fetransa ha agradecido al Gobierno en funciones el establecimiento de esta nueva prórroga agradeciendo por “la sensibilidad mostrada con el colectivo de autónomos del transporte, al entender que de no haberse aprobado la prórroga, un porcentaje muy elevado de ellos se hubiera visto abocado a cesar su actividad empresarial el 2020”.
Sin embargo, por otra parte, no es la primera vez que existe una ampliación de plazo en este tema, situación que genera ciertas dudas ya que fue una medida que se aprobó en 2016 y ya venía adherida a una prórroga inicial de dos años y, finalmente, se ha prorrogado otros dos años hasta el presente, por lo que es una situación que genera bastante incertidumbre en el sector del transporte.
Suscríbete a nuestra newsletter y recibirás las mejores noticias del mundo del transporte. ¡No te pierdas Nada!
Suscribirme