En el paquete de ayudas aprobado el pasado mes de diciembre por el Gobierno a través de Real Decreto-Ley se contemplan una serie de medidas para el transporte por carretera como la bonificación a los combustibles para toda la categoría de vehículos de transporte, ya sean ligeros o pesados y sin importar el método de propulsión utilizado, de forma que puedan recibir ayudas vehículos tanto de diésel como de gas natural.
En este sentido, las ayudas al combustible se pueden obtener de dos maneras diferentes según el tipo de vehículo y la energía de propulsión que utilicen. Por tanto:
Por tanto, para recibir estas ayudas, los transportistas acogidos a gasóleo profesional tienen que presentar, a partir del 31 de enero una declaración responsable, en concordancia con el modelo que publicará la Agencia Tributaria, en la que el titular debe declarar que se ha visto afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania, indicando además información sobre otras ayudas que haya recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo por la guerra de Ucrania.
Asimismo, ante la confusión por la información presentada por algunas delegaciones territoriales de Hacienda para los transportistas en referencia a la fecha para la realización de estas declaraciones, no existe ninguna fecha límite para presentarlas. Se recomienda que se presenten durante los primeros 10 días de febrero a más tardar para poder recibir las primeras ayudas correspondientes al mes de enero y coincidiendo con el pago mensual de la devolución del gasóleo profesional, que se suele realizar a mediados de mes. No obstante, su presentación con posterioridad a esta fecha no supone una pérdida de las ayudas, tan solo se producirá un retraso en su cobro tal y como confirma la Agencia Tributaria.
Fuente: transporteprofesional.es
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