La propuesta de modificación de la normativa reguladora del impuesto autonómico sobre los carburantes que introdujo el Gobierno en la Ley de Presupuestos para 2018, quiere que las comunidades autónomas dejen de fijar el tipo impositivo sobre los carburantes en sus respectivos territorios. Será el Estado el que se encargará de recaudarlo y repartirlo posteriormente.
Se igualará el importe del impuesto al máximo, implicando en la práctica una subida de hasta el 100% del impuesto en algunas regiones, más concretamente en Castilla-León, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Madrid, Aragón y Extremadura. Estas provincias verán aumentada la fiscalidad de los carburantes repostados hasta 4'8 céntimos por litro.
Se excluyen los vehículos de menos de 7'5 toneladas
En referencia al sector del transporte por carretera, la subida del impuesto de hidrocarburos se compensa a una parte del sector del transporte gracias a la devolución del gasóleo profesional para aquellos vehículos de transporte de mercancías de más de 7'5 toneladas de peso máximo autorizado, autobuses y taxis.
Quedan fuera de dicho régimen de devolución los vehículos de transporte de mercancías de menor tonelaje, mayoritariamente propiedad de transportistas autónomos, los cuales deberán soportar completamente el incremento de la subida del impuesto de hidrocarburos prevista en la Ley de Presupuestos.
FENADISMER ha planteado ante los diferentes partidos políticos que incluyan como beneficiarios también a los vehículos de transportes de mercancías de menor tonelaje, los cuales representan casi una tercera parte del total de la flota de transporte en España.
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